DD. HH. y recursos naturales
El recién pasado 28 de julio, en la sede de la OEA, en Washington, el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, señor Maina Kiai, compartió el informe preparado para el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) actuó como organización anfitriona, providencialmente en el salón denominado “Rubén Darío”.
¿Quién es Maina Kiai? Es un experto independiente nombrado por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, cuyas facultades básicas son examinar e informar sobre la situación de un país o sobre un tema específico de derechos humanos. El señor Kiai es de nacionalidad keniana, con estudios en Harvard y con una reconocida trayectoria internacional en defensa de los derechos humanos. Su informe correspondiente al 2015 lo enfocó en las violaciones a los derechos humanos relacionadas con la explotación de recursos naturales.
Considero muy importante compartir algunos aspectos de ese informe porque si bien no hace alusión directa a Nicaragua, las prácticas que recoge del mosaico de países que visitó en diversos continentes y las recomendaciones que formula, parecieran calcadas en las realidades y desafíos que afrontamos en Nicaragua, en particular con la concesión del proyecto de Canal Interoceánico, las concesiones mineras y Bosawas. Tuve el privilegio de ser invitada por el Relator Especial como comentarista del informe en el evento de la CIDH y pude comprobar su amplio dominio del tema y su interés en Nicaragua. Aquí están los párrafos que me parecieron más atinentes:
Comencemos con el proceso de “consultas” sobre el Canal. El informe señala: Cuando se restringen los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación infringiendo las normas internacionales de derechos humanos surgen automáticamente dudas sobre la autenticidad de los procesos de consulta o de las decisiones sobre la validez de la expresión del consentimiento libre, previo e informado de las partes afectadas. Tales dudas, como el caso de Nicaragua, vician el proceso de consultas.
Sobre los derechos de propiedad el informe consigna: Los Estados tienen la obligación de prevenir los conflictos antes de que se desencadenen
La ausencia de marcos legislativos que establezcan claramente los derechos sobre las tierras genera oportunidades para la expropiación arbitraria o el acaparamiento de tierras, lo que a su vez pueda dar pie a conflictos. Si los procedimientos para la emisión de concesiones son opacos, la situación se agrava…
Y agrega: En muchos casos, las violaciones más escandalosas de los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación en el contexto de la explotación de los recursos naturales se cometen contra grupos o personas que viven en regiones alejadas de los centros de poder, que muchas veces son vulnerables a la marginación social o ya viven en ella
En materia de actos de corrupción el informe nos enseña que “el secretismo rodea tanto el proceso como los resultados de la toma de decisiones, faltan mecanismos que permitan a los interesados expresar sus preocupaciones, las deliberaciones suelen ser muy técnicas y, sobre todo, suele haber en juego sumas colosales. Este entorno opaco y lucrativo es el caldo de cultivo ideal para la corrupción, problema que afecta a muchos países ricos en recursos”.
Otro apartado del informe subraya una situación muy cercana a nuestra realidad: En los países que viven conflictos sociales a causa de la explotación de los recursos naturales, las personas que ejercen el derecho a la libertad de reunión pacífica son calificadas a menudo de “instigadores”
son calificadas de “contrarias al desarrollo” o “enemigos del Estado”. También se recurre a las agresiones como táctica intimidatoria para obligar a las comunidades a aceptar algunos proyectos de explotación.
Es curioso que el Relator anote una circunstancia que comienza a ser común en Nicaragua: la utilización de vigilantes privados. Personalmente me tocó ser víctima de un secuestro y estuve en total indefensión frente a los atropellos de vigilantes privados de una empresa minera. Incluso se burlaron de mi credencial como diputada. En este sentido el informe señala: “El Relator Especial está alarmado ante la discrecionalidad concedida a las empresas y a las compañías privadas del sector militar y de la seguridad para proteger los bienes y las instalaciones de las empresas que se dedican a la explotación de los recursos naturales
el riesgo de que se vulneren los derechos es especialmente elevado cuando la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la ley se cede a agentes privados que rinden cuentas a sus clientes y no a la población”.
Finalmente, una de las recomendaciones centrales del informe es que los Estados “
establezcan un entorno propicio en que la sociedad civil pueda tener acceso a la información pertinente, participar en la adopción de decisiones y expresar libremente su opinión, a través de reuniones pacíficas, sin amenazas de acciones legales u otro tipo de represalias por manifestar oposición de forma legítima; garanticen que los casos de violación de los derechos humanos, incluidos los derechos de reunión pacífica y de asociación, se investiguen con prontitud e imparcialidad y que se pidan cuentas a los responsables de las violaciones”.
Tal vez para hacer viable esta última recomendación, el Relator Especial finaliza su intervención con la siguiente frase: “La protesta social hay que promoverla y alentarla, siempre que sea pacífica
”. Atendamos pues la recomendación del Relator Especial de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
La autora es economista. Máster en Política Aplicada
Ver contenido original de esta noticia en: http://www.laprensa.com.ni/2015/08/11/opinion/1881781-edd-hh-y-recursos-naturales

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